En este capítulo se abordan las señales, dispositivos, medidas de seguridad y esquemas de señalización que se deben utilizar cuando se realicen trabajos en la vía, entendiendo como tales cualquier trabajo o restricción temporal que cause la obstrucción parcial o total de ésta. Se debe enfatizar que las condiciones de circulación a través de una zona de trabajo no son las habituales para la mayoría de los usuarios, por lo que los criterios de seguridad aplicados al diseño de señalización de obras son tanto o más relevantes que en situaciones normales, existiendo casos especialmente complejos o peligrosos en que los estándares mínimos definidos en este Capítulo deben ser mejorados.

Emplazamiento de las Señales de Advertencia
La distancia requerida entre la señal y la situación
que advierte queda determinada por la velocidad
máxima permitida en la vía y el tiempo requerido por
el conductor para percibir, identificar, tomar la
decisión y ejecutar con seguridad la maniobra
necesaria. Este puede variar de 3 segundos, en el
caso de las señales de advertencia más sencillas,
hasta 10 segundos en el caso de señales sobre
situaciones complejas.
Dicha distancia puede ser ajustada, dependiendo de
factores tales como, geometría de la vía, accesos y
calles de servicio, visibilidad, tránsito y otros, pero en
ningún caso podrá ser menor a 30 m, sin perjuicio de
las distancias mínimas establecidas más adelante
para casos específicos.
En el caso especial de señales que advierten sobre
restricciones en la zona de trabajos, que afectan sólo
a cierto tipo de vehículos, ellas deben ubicarse antes
del empalme con la ruta alternativa o desvío que
evita la restricción o antes del lugar donde un
vehículo afectado por la limitación pueda virar en ―U‖.
Dicha ruta alternativa debe contar con señalización
informativa que permita a los conductores retomar la
vía original sin dificultad. En la Figura 5.2-3 se
esquematiza esta situación.
Figura 5.2-3
Ejemplo de Señalización Zona con Restricción
Cuando la distancia entre la señal de advertencia y el inicio de la condición peligrosa es superior a 300 m, se
debe agregar a la señal una placa adicional que indique tal distancia, como lo muestra la Figura 5.2-4. Si
dicha distancia es menor a un kilómetro la indicación se da en múltiplos de 100 m y si es mayor, se redondea
a kilómetros enteros.
Cuando los trabajos se lleven a cabo en vías urbanas donde la velocidad máxima permitida sea igual o
superior a 70 km/h, todas las señales de advertencia deberán contener placas que indiquen la distancia al
riesgo en metros o kilómetros.

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